Beneficio por inflación del IMAS se ejecutó de manera novedosa y precisa

  • Beneficio fue el primero en la historia que se ejecutó sin necesidad de que los beneficiarios realizaran algún trámite.
  • Ejecución registró un 97% de precisión en favor de los hogares más necesitados.

 

El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), se manifiesta respetuoso sobre lo indicado el informe de la Contraloría General de la República número DFOE-BIS-IAD-00008-2024, relacionado al Beneficio Temporal por Inflación, no obstante, considera necesario aclarar.

El Decreto Ejecutivo N°. 43670, que creó el Beneficio Temporal por Inflación, definió que el beneficiario de este es un hogar y no una persona particular, lo cual implica que por haber fallecido un integrante del hogar o por contar su núcleo familiar con una persona privada de libertad, el resto del hogar deje de existir o deje estar en condición de pobreza extrema, requisito indispensable para girar el beneficio.

Los familiares de las personas privadas de libertad no fueron condenados por ningún delito y su exclusión sería inconstitucional, por ello, el IMAS no comparte el razonamiento del órgano contralor sobre ese punto. Al respecto se sugiere consultar el voto de la Sala Constitucional 1380-2007, en el cual se obligó a una institución pública a brindar apoyo a la familia de una persona privada de libertad.

En cuanto a las personas fallecidas, debe considerarse que, para el otorgamiento del subsidio, y por disposición legal se utilizó el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE), el cual utiliza la base de datos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), información que es materialmente imposible que se actualice en tiempo real cada vez que una persona fallece.

Por último, se debe enfatizar que la precisión del beneficio fue del 97%, por lo que se puede evidenciar y destacar su eficacia, si se considera que se trata del primer beneficio en la historia del país que se ejecuta mediante búsqueda activa de los hogares a los cuales se les giró.

La búsqueda activa permitió que, para recibir dicho beneficio, ninguna persona tuvo que hacer realizar algún trámite burocrático, ni gastar su tiempo en papeleos, citas o gestiones administrativos.

El futuro de la protección social no serán los papeleos ni la burocracia, sino la clase de gestión que ejecutó exitosamente el IMAS en el Beneficio por Inflación, basada en la automatización y digitalización del servicio público.

El IMAS reitera su compromiso de cumplir su obligación manifiesta en la Ley de creación (Ley 4760) y considera que realizó una eficiente gestión en la entrega del Subsidio por Inflación, tomó las decisiones correctas sumado a una búsqueda exhaustiva de hogares en condición de pobreza extrema y pobreza.